Raúl García se libra de la sanción máxima

18.05.2021
Raúl García
Raúl García

Las alegaciones del Athletic valen para que el Comité de Competición le imponga el castigo por menosprecio y no por insulto grave

I. E.

Raúl García se perderá el último partido de la presente temporada, en la visita al Elche el próximo sábado, a las 18 horas y el primero de la próxima, una vez que el Comité de Competición de la RFEF le impuso dos partidos de sanción tras la expulsión de Mateu Lahoz al final del partido del pasado domingo frente al Real Madrid.

El trencilla del colegio valenciano le mostró una sorprendente tarjeta roja, mientras el partido seguía su curso y posteriormente, a la conclusión del mismo se pudo saber el motivo una vez que Mateu Lahoz redactó su acta. "Tu puta madre ya" fueron las injuriosas palabras que según el colegiado le dedicó Raúl García al asistente en la banda. Las imágenes de televisión y las distintas repeticiones no mostraron en ningún momento a Raúl García dirigirse al linier, ni si quiera llegar a mirarle.

El propio Marcelino, en la rueda de prensa posterior al partido salió en defensa de su jugador, para declarar que él nunca le había oído semejante expresión en el tiempo que lleva como técnico del Athletic.

No profirió "la expresión reflejada en el acta"

El Athletic, por tanto, como era de esperar, presentó alegaciones señalando en su escrito un error material manifiesto en el acta arbitral, en cuanto el jugador expulsado no profirió en modo alguno la expresión reflejada en el acta. Igualmente, aportó la declaración jurada del propio Raúl García, así como las declaraciones pospartido del entrenador asturiano y el video de la conversación mantenida por el jugador al final del encuentro con el trío arbitral, dando a entender que se trató de un malentendido por parte del árbitro. Por ello solicitó que se dejara sin efecto la expulsión.

Raúl García
Raúl García

Subsidiariamente, pidió que en todo caso se subsumara la eventual infracción en el artículo 117 del Código Disciplinario de la RFEF, sancionando al jugador con un máximo de 2 partidos.

Tras este recurso del club bilbaíno, el organismo sancionador no apreció un error material manifiesto en el acta arbitral, porque la aportación de elementos de prueba que de forma inequívoca, más allá de toda duda razonable, deben acreditar bien la inexistencia del hecho reflejado en el acta o bien su patente arbitrariedad.

Dentro del tipo infractor establecido en el artículo 117

En el caso de Raúl García, el Comité reflejó que la prueba aportada no puede subvertir la presunción de veracidad del acta arbitral, pues siendo sin duda muy respetables las mismas, no pueden desvirtuar lo señalado por el colegiado. Pero sí procede acoger en cambio la alegación subsidiaria del club alegante, pues coincide este Comité en que la conducta descrita en el acta es subsumible en el tipo infractor establecido en el artículo 117 del Código Disciplinario de la RFEF, procediendo imponer la sanción de dos partidos de suspensión.

De esta forma, se tomó como referencia dicho artículo, en lo que se supone una falta de respeto, de entre 2 y 4 partidos y no el 137, que recoge que amenazar, coaccionar o realizar actos vejatorios de palabra o de obra, insultar u ofender de forma grave o reiterada a cualquier miembro del equipo arbitral, supone de 4 partidos a 12 de sanción.

Además de este castigo, el Athletic deberá pagar 720 euros de multas económica por las cuatro tarjetas amarillas a Berenguer, Iñigo Martínez, Raúl García y Berenguer, tres de ellas por protestar. De nuevo, Mateu Lahoz se convirtió en protagonista lesivo para los intereses rojiblancos, en un partido de guante blanco.